Prostitución y corrupción de menores son dos delitos que afectan a quienes promovieren la práctica sexual rentada o la utilización de personas en material pornográfico cuando estos no han alcanzado la edad del consentimiento requerida por la ley. En el caso prostitución es en realidad el proxenetismo y este no tiene requisitos de edad.
Se entiende por corrupción de menores la manipulación o abuso de incapaces por parte del autor del delito. Se castigan además todas las conductas derivadas o que tuvieran su origen en un acto de corrupción. Por ejemplo, al mismo tiempo que se condena la producción de material pederasta, se castiga la posesión de material por parte de pedofilos.
Yahir Aburto Gutierrez
No hay comentarios.:
Publicar un comentario